|
Declaración
del RIIM
Somos la Red Internacional “Mujeres y Minería”,
plataforma que cuenta con mujeres afectadas y desplazadas por
la minería, con mujeres que trabajan en minas y/o que
viven en las regiones mineras y con organizaciones de derechos
humanos que trabajan el tema género y minería.
Hemos creado una plataforma internacional para que todo el mundo
escuche nuestras voces provenientes desde los hoyos mineros,
las mas remotas colinas, los mas alejados bosques y desiertos,
y para que el mundo entienda los numerosos impactos negativos
que la minería puede tener en las mujeres y las comunidades.
“Nosotras, mujeres trabajadoras,
mujeres indígenas y comunidades afectadas por la minería,
desafiamos la actual economía global, los principios
y las prácticas explotadoras de las empresas mineras.
Queremos definir colectivamente nuestra perspectiva de desarrollo
sostenible y de utilización de los recursos naturales,
reconstruyendo nuestras vidas e identidades destruidas por la
industria minera.
Exigimos justicia de género
y nuevas políticas en el sector minero sensibles a la
perspectiva de género en todos nuestros países.
Reafirmamos nuestra compromiso solidario al “Pacto por la Vida”
para llevar paz justicia y paz para todas nuestras hermanas
y niños que sufren a causa de la minería.”
Los marcos de las políticas
nacionales y globales que impone el TLC; la privatización
y la desregularización, impulsadas por instituciones
como el Banco Mundial, el Fondo Monetario Internacional y los
bancos de desarrollo regional, y apoyados por gobiernos cómplices
a nivel local y nacional de los intereses explotadores de las
corporaciones transnacionales y de la industria minera privada,
han puesto en peligro el desarrollo de la sociedad y la salud
del planeta.
La minería tiene numerosos
impactos negativos en la vida de las mujeres, afectando los
medios de sustento, el estatus cultural y social, los derechos
físicos y sexuales, los derechos legales y convencionales
y los sistemas de conocimiento tradicional del sexo femenino,
ademas de contaminar el medio-ambiente y limitar el acceso y
el control de los recursos naturales, La minería también
ha generado una serie de “mitos de desarrollo” que desafiamos
desde la perspectiva del género.
“Reafirmamos nuestro respeto
por la tierra, por nuestros recursos naturales, por nuestra
diversidad y unicidad. Queremos tener vidas saludables, pacíficas
y productivas que fomenten bienestar humano y riqueza ecológica.
Queremos la participación de mujeres en actividades económicas
positivas y con sustentos adecuados.”
Resoluciones del RIIM con respecto a Los Derechos de
las Mujeres Indígenas y la Minería
RIMM reconoce por la experiencia de las comunidades
indígena, que la exploración y la explotación
de minerales y metales ha tenido una serie de impactos negativos
en la economía, la salud y el medio-ambiente de las comunidades
involucrada en este sector. RIMM se niega en definir este tipo
de desarrollo como “sostenible.”
Por lo tanto RIMM afirma su
compromiso y solidaridad con la Declaración de las comunidades
indígenas sobre las Industrias Extractivas de Oxford,
la Declaración de Kimberly adoptada durante la Cumbre
Internacional de los Pueblos Indígenas sobre Desarrollo
Sostenible
y la Convención No. 169 de la Declaración Internacional
del Trabajo.
“Exigimos el reconocimiento
y el respeto por el llamado de las comunidades indígenas
en declarar una moratoria o una prohibición de implementar
nuevos proyectos mineros y expandir los proyectos existentes
que pueden afectar a las comunidades indígenas. Hasta
cuando los gobiernos y las empresas mineras no tomen responsabilidad
por los proyectos implementados y hasta que no se demuestre
que la minería puede favorecer el desarrollo económico
y social de las comunidades, se debe respetar la prohibición
de implementar nuevos proyectos mineros en zonas verdes.
Exigimos que los gobiernos,
las empresas mineras, las instituciones financieras internacionales
y las leyes internacionales existentes reconozcan la ciudadanía
y los derechos individuales y colectivos de las comunidades
indígenas y de las mujeres a su autodeterminación,
a la propiedad y al control sobre sus tierras y recursos naturales.
Demandamos que se respete el
derecho de las comunidades indígenas a un consentimiento
previo e informado obtenido a través de un proceso mutuo
en la implementación de cada proyecto minero. Ninguna
comunidad indígena y/o ninguna mujer debe ser obligada
a abandonar su tierra por actividades mineras desarrolladas
en el territorio por parte de empresas, gobiernos y instituciones
financieras internacionales.
Si la minería tiene que
existir, apoyamos antes de todo el derecho de las comunidades
indígenas a decidir sobre los recursos naturales, los
minerales y metales presentes en sus territorios.
Exigimos el reconocimiento y
el apoyo de la actividad minera artesanal, comunitaria y tradicional
donde las mujeres desempeñan un papel importante. Exigimos
también que los gobiernos proporcionen ayuda económica,
facilidades de desarrollo, medidas de seguridad, capacitación,
tecnología necesaria y enlaces de mercado para las mujeres
que trabajan en el sector.
Las familias encabezadas por
mujeres deben ser reconocidas y tratadas de igual manera a las
dirigidas por hombres, sobretodo por lo que concierne la toma
de decisión, la indemnización y la rehabilitación.
Exigimos que las compañías
mineras transnacionales paren de cometer acciones al extranjero
que están prohibidas en sus países; implementando
proyectos, utilizando procesos y cometiendo violaciones en territorios
indígenas.”
Las resoluciones del RIMM sobre los derechos de las
mujeres trabajadoras de minas
La minería puede ser definida como la
industria más hostil e injusta para el género
femenino porque limita la participación de las mujeres
en el sector formal y organizado. La privatización y
la liberalización han sido responsable por la marginalización
de la mujer en la industria minera, limitando y prohibiendo
su empleo en el sector. Actualmente la minería se limita
a proporcionar oportunidades de contratos casuales y temporales
donde no existe amparo legal y donde las negociaciones colectivas
a través de sindicatos son casi imposibles. Con frecuencia,
las oportunidades para las mujeres en el sector minero se limitan
a actividades denigrantes e ilegales. A causa del libre comercio
y la liberalización, mujeres y niños están
trabajando en condiciones inhumanas sin ninguna remuneración
económica, seguridad de trabajo o seguro social. Las
mujeres trabajadoras en el sector minero son expuestas a altos
niveles de contaminación y a sustancias altamente tóxicas
y siguen siendo empleadas en las secciones más peligrosas
de la industria minera. La explotación minera ha causado
enfermedades crónicas y terminales como la silicosis,
la tuberculosis, la asbestosis y varios problemas reproductivos,
enfermedades que son omitidas deliberadamente por la industria
y los gobiernos.
RIMM respalda los derechos de las mujeres mineras y
exige que:
-
Las compañías
mineras cesen inmediatamente la explotación y marginalización
de las mujeres mineras, garantizando y legalizando finalmente
las actividades laborales de este sector de la población.
-
Las mujeres mineras tengan
el derecho y la oportunidad de trabajar en el sector público
y formal.
-
Las mujeres cuenten con
medios de protección laboral, a través de
los cuales puedan defenderse contra la explotación
de las empresas, los contratistas, los dueños de
las minas y los hombres mineros.
-
Las mujeres mineras tengan
uniformes, material de trabajo y equipo de seguridad que
sea apropiado y diseñado exclusivamente para ellas.
-
Las mujeres mineras reciban
un salario adecuado que no sea inferior al salario mínimo
de cada país. RIMM exige también que las mujeres
reciban derechos de propiedad en cooperativas y puedan trabajar
en un ambiente seguro que no sea peligroso para su salud,
libres de discriminación, violencia y abusos sexuales.
-
Las mujeres tengan acceso
y derecho a un proceso de capacitación y formación
en el campo de la minería de igual manera que los
hombres.
- Las empresas incrementen considerablemente
el numero de oportunidades laborales y de capacitación
para las mujeres, tanto en trabajos tradicionales designados
para ellas cuanto en trabajos no tradicionales.
-
Las empresas y los gobiernos
prohíban y sancionen pesadamente el trabajo de menores.
Los gobiernos se responsabilicen para garantizar el desarrollo
progresivo de los trabajadores mineros, proporcionándoles
una seguridad económica para que no se vean obligados
a hacer trabajar a los menores de edad.
-
Las mujeres mineras puedan
implementar y tener acceso a un comité de mujeres
en cada empresa, comité que sea reconocido por el
gobierno y las compañías y que tenga autoridad
plena para la toma de decisiones
-
Las mujeres trabajadoras
cuenten con beneficios fundamentales, como una maternidad
adecuada y el cuidado de los niños tanto en el hogar
como en el lugar de trabajo.
Las Resoluciones del RIMM para la protección
del medio-ambiente
Desde hace varias décadas el medio ambiente,
las comunidades locales y la salud de la mujer han sido gravemente
afectados por las actividades mineras. La contaminación
de nuestros ríos, océanos, tierras, fuentes de
agua y atmósfera a través de emisiones y desechos
tóxicos son solos algunos de los impactos generados por
las actividades mineras
Las empresas no asumen la responsabilidad
para el medio-ambiente y los recursos naturales durante y después
el desarrollo de las actividades mineras y tampoco tienen una
administración adecuada contra catástrofes o un
plan de administración de sus actividades que esté
sujeto al escrutinio público. La minería a nivel
mundial tiene un larga historia de devastación del medio-ambiente.
Por estas razones demandamos que:
-
Las empresas
y los gobiernos apliquen el principio preventivo en su forma
más estricta en todas las operaciones mineras.
-
Se exija
el cierre inmediato de las compañías mineras
que utilizan su autoridad política para modificar
leyes que protegen al medio-ambiente, los recursos naturales
y las comunidades; asimismo exigimos el cese de la liberalización
y privatización del medio ambiente, el agua y los
recursos naturales.
-
Se exija
una valoración y una auditoria de todos los proyectos
actuales y también de los nuevos en respecto al tema
de género.
-
Las compañías
mineras y los gobiernos admitan los riesgos ambientales
de sus actividades y antes de aceptar nuevos proyectos,
las empresas tienen que dar informaciones exactas y detalladas
al público y a las comunidades.
-
La evaluación
de los impactos ambientales de las actividades mineras sea
llevada a cabo por cuerpos independientes que tengan una
representación adecuada de accionistas con una buena
representación de mujeres.
-
Las compañías
mineras utilicen tecnologías que no perjudican el
medio-ambiente
-
Se prohíban
las prácticas destructivas y dañina para el
medio-ambiente y para la salud de las comunidades, como
la eliminación de desechos en las riveras de ríos,
la eliminación de desechos submarinos y la explotación
minera de las fuentes de sulfuro que conllevan a la formación
de agua ácida altamente nociva para el medio ambiente
y las comunidades.
-
Las compañías
y los gobiernos no implementen operaciones mineras en áreas
protegidas, en lugares sagrados, reservas ecológicas,
reservas marinas, comunidades forestales y lugares listados
en el patrimonio mundial.
-
Las compañías
asuman la responsabilidad en respecto a la prevención
de la contaminación y la limpieza de desechos tóxicos
generados a causa de actividades mineras, asimismo, en caso
de daños en el medio-ambiente y a poblaciones, las
empresas proporcionen una indemnización por los daños
causados incluyendo los daños a la salud de las mujeres
y a las comunidades afectadas por las actividades mineras.
-
Las compañías
proporcionen un proceso de capacitación y formación
a mujeres mineras sobre los siguientes temas: salud, seguridad
y precauciones necesarias en el lugar de trabajo y en la
casa.
-
Las compañías
asuman la responsabilidad por la limpieza de las minas abandonadas
y las tierras reclamadas, las fuentes de agua y otros recursos
afectados por las actividades mineras.
|